Programa NPTRE emprendimiento y microempresas

jueves, 25 de mayo de 2023

El objeto de las subvenciones (base reguladora primera) es el mantenimiento del autoempleo de las personas trabajadoras autónomas sin asalariados y el mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como el de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo, para facilitar la transición productiva de su actividad hacia la economía verde y la economía digital.

Se entenderá por:

 

- Mantenimiento del empleo: el mantenimiento del mismo número de efectivos, es decir, el mismo número de jornadas de trabajo. 

 

- Microempresas: aquellas empresas (incluidas las personas autónomas con asalariados) que tengan menos de diez trabajadores asalariados y cuyo volumen de negocio sea inferior a dos millones de euros. 

 

- Personas autónomas sin empleados: aquéllas cuyo volumen de negocio sea inferior a dos millones de euros. 

 

- Empresas de emprendimiento colectivo: las cooperativas y sociedades laborales (base reguladora segunda).

 

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones dirigidas a “Iniciativas para el mantenimiento del autoempleo de personas trabajadoras autónomas sin asalariados”, las personas trabajadoras autónomas sin trabajadores por cuenta ajena, que cumplan los siguientes requisitos (base reguladora cuarta):

 

• Que su domicilio fiscal radique en la Comunidad Autónoma de Canarias. 

 

• Que tenga un volumen de negocios inferior a dos millones de euros. 

 

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones dirigidas a “Iniciativas para el mantenimiento del empleo de personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas de forma indefinida o temporal por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo”, las siguientes (base reguladora cuarta):

- Las microempresas (que incluyen a las personas trabajadoras autónomas con asalariados). 

- Las cooperativas y sociedades laborales. 

Dichas beneficiarias de la subvención deben cumplir los siguientes requisitos: 

• Que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, donde han de tener al menos un centro de trabajo. 

• Que cuenten con menos de diez trabajadores asalariados. 

• Que tengan un volumen de negocios inferior a dos millones de euros.

Los fondos disponibles para estas subvenciones se distribuirán entre estas dos líneas (base reguladora tercera): 

a) Un 50% para el mantenimiento del autoempleo y del empleo de las personas beneficiarias (física o jurídica) que desarrollen iniciativas que faciliten la transición de su actividad hacia la economía verde. 

b) Un 50% para el mantenimiento del autoempleo y del empleo de las personas beneficiarias (física o jurídica) que desarrollen iniciativas que faciliten su transformación digital.


Comparte este Noticia


Información sobre Cookies

  • Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayude a optimizar su navegación web.
  • No se utilizan cookies para recoger información de carácter personal.
  • Puede obtener más información sobre el uso de Cookies o conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de Cookies.