Ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia

lunes, 6 de febrero de 2017

Ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia

- A quién está dirigido: Ciudadanía

- Beneficiarios/as: Las mujeres que reúnan y estén en disposición de acreditar, a la fecha de solicitud de la ayuda, los requisitos exigidos.

- Requisitos previos: La ayuda podrá solicitarse durante la vigencia de la orden de protección, del Informe del Ministerio Fiscal o, en su caso, durante la vigencia de las medidas para la protección de la mujer establecidas en la sentencia condenatoria, por quienes cumplan los requisitos siguientes:

1. Ser víctima de violencia de género.
2. Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte propocional de dos pagas extraordinarias.
3. Tener especiales dificultades para obtener un empleo.
4. No convivir con el agresor.
5. Tener la residencia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
6. Las mujeres que carezcan de nacionalidad española, además de reunir los requisitos anteriores, deberán ser titulares de permiso de residencia y de permiso de trabajo en vigor.

- Plazo de presentación: Todo el año

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